Villamayor
PROYECTO DE REGLAMENTO DE LA ESCUELA INFANTIL
Se somete a consulta pública el proyecto de reglamento de escuela infantil
Publicado el 07/12/2018

 

De conformidad con el art. 133.1 de la LEY 39/2015 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN se somete a consulta pública el proyecto de reglamento de escuela infantil hasta el 18 de diciembre de 2018, para que se puedan efectuar las aportaciones que se estimen oportunas. REGLAMENTO DE NORMAS DE ADMISIÓN DE ALUMNOS TARIFAS Y FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA INFANTIL DE VILLAMAYOR.

La escuela infantil es un servicio público, cuyo objetivo primordial se halla en la intersección de dos caminos, por un lado, el del sistema educativo, por el cual se trabaja según un proyecto educativo, y por otro, en el camino de la conciliación de la vida laboral y familiar, configurándose como recurso de apoyo a la familia en el desempeño de sus funciones de socialización y atención a la infancia.

La educación infantil es la primera etapa del sistema educativo español, distribuido en dos ciclos y correspondiendo el primer ciclo a las edades de O a 3 años. En este ciclo se persiguen los objetivos de desarrollo físico, intelectual, afectivo y social de los menores.

Se trata de una enseñanza de carácter general y voluntaria subrayando el compromiso de las administraciones públicas para satisfacer la demanda social en esta etapa vital para el pleno desarrollo de las capacidades físicas, afectivas, intelectuales y sociales de los menores. Considerando la pretensión del ayuntamiento de prestación de este servicio que persigue el acceso al mismo del mayor número de niños/as, especialmente aquellos pertenecientes a unidades familiares de rentas bajas, es por lo que se estima oportuno establecer un procedimiento de concurrencia competitiva para el acceso a las plazas que se oferten, sin olvidar la posibilidad de supuestos excepcionales de especial necesidad social, para los que se prevée un procedimiento extraordinario de adjudicación directa de plazas al amparo de la normativa de subvenciones vigente.

Por otro lado, referir que el Decreto 12/2008, de 14 de Febrero de la Comunidad de Castilla y León determina los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación Infantil y establece los requisitos que deben reunir los centros que impartan dicho ciclo. Así pues, y en consecuencia con lo anterior, las Escuelas Infantiles, además de ser centros educativos, han de ser un importante recurso familiar y social en tanto que sirven de apoyo a la familia en el cumplimiento de sus funciones y facilitan la conci- liación de la vida familiar y laboral de los padres y madres.

En este sentido, suponen también un efectivo recurso que opera en favor de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. El Ayuntamiento consciente de sus competencias complementarias con la Administración Autonómica en materia educativa no universitaria, tal y como se desprende de la Ley 7/85 de Bases del Régimen Local, así como del R.D. 1340/1999 de 31 de julio, por el que se produce el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de enseñanza no universitaria, pretende colaborar en la educación infantil, para lo cual este será el primer paso, la creación de un reglamento que regule su puesta en marcha.

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