Villamayor
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA DE HUERTOS FAMILIARES: PERIODO DE ALEGACIONES
La ordenanza facilita a aquellos que han trabajado un huerto durante 4 años su continuidad
Publicado el 09/12/2018

 

 

De conformidad con el art. 133.1 de la LEY 39/2015 DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN se somete a consulta pública la modificación del REGLAMENTO REGULADOR DE LOS HUERTOS FAMILIARES DE VILLAMAYOR hasta el 20 de diciembre de 2018, para que se puedan efectuar las aportaciones que se estimen oportunas. MODIFICACION DEL Artículo 12. Adjudicación de las licencias y lista de espera.

1. Una vez publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidos se procederá a la adjudicación de las licencias entre todas las solicitudes admitidas dentro del plazo habilitado a tal efecto. La adjudicación de las licencias se resolverá mediante sorteo público. En el caso de que solo existiese una única solicitud para uno de los huertos identificados en la solicitud, la autorización se otorgará directamente al peticionario siempre que reúna las condiciones requeridas quedando por tanto dicho huerto excluido del sorteo. La autorización tendrá una vigencia de cuatro años, improrrogables, a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación del huerto.

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